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lunes, 7 de septiembre de 2020

CRÓNICA DE UNA MUERTE ANUNCIADA: LOMLOE. y 3 Por Rafael Serrano


 En anteriores artículos he expuesto algunos de los puntos negros que, a mi juicio, encontramos en el proyecto de la ley Celáa (LOMLOE). Hay otros aspectos de la ley que son problemáticos y cuestionado por muchos sectores de la sociedad, como pueden ser la posibilidad de obtener el título de la ESO o de Bachillerato sin haber aprobado todas las asignaturas del curriculum, o la falta de garantías en la defensa de la lengua española, idioma oficial y obligatorio en todo el territorio nacional, cediendo su regulación a determinadas comunidades autónomas. También ha sido muy criticada la supresión de la “demanda social” para la planificación de la enseñanza, quedando afectada la libertad de los padres para la elección del Centro que deseen para sus hijos, derecho éste reconocido en la Constitución (art. 27.3). 

Dejando, pues, apuntadas estas cuestiones, en este artículo, que será el último voy a comentar un aspecto que creo es gravemente lesivo para una parte muy considerable de la sociedad. Me refiero a la enseñanza de la Religión Católica en la Educación Primaria, en la Educación Secundaria y en el Bachillerato. 

La Religión queda configurada en el proyecto de Ley como una materia de oferta obligada por parte de los Centros, pero de libre elección de los alumnos o sus padres o tutores. Esta asignatura no tendría otra materia (materia espejo) que deberían cursar los que no la eligieran, de manera que los que eligieran la asignatura de Religión tendrían una hora más de clase que los que no la eligieran y que por tanto en esa hora podrían tener tiempo libre de recreo o podrían ir a sus casas. ¿No es esto poner una traba a la clase de Religión? ¿Qué chico o chica con 14 o 15 años no estaría tentado a no elegir la Religión para poder disponer así de una hora más de tiempo libre? 

Por otra parte esta asignatura no sería ni evaluable ni computable para la nota media ni para la obtención de beca. Esto significa exigir a los alumnos un esfuerzo académico que no sería compensado con un reflejo en sus notas ni en su demanda de beca, lo que es a todas luces injusto. Además significaría una clara devaluación de esta asignatura, que a los ojos de alumnos y de la sociedad en general perdería su verdadero valor formativo. Se la consideraría como lo que antes se llamaba una “maría”. 

En el proyecto de Ley se habla, conforme a lo establecido en la Constitución, de dar a los niños y jóvenes una formación integral y si no se imparte una asignatura que forme a los chicos y chicas en un sentido trascendente de su propia existencia la formación adolecerá de una grave deficiencia. 

Por otra parte lo que se establece en el proyecto de Ley sobre la asignatura de Religión contraviene claramente lo acordado por el Estado Español y la Iglesia Católica en el Concordato de 1976, aún vigente, en su artículo II: “Los planes educativos en los niveles de Educación Preescolar, de Educación General Básica (EGB) y de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) y Grados de Formación Profesional correspondientes a los alumnos de las mismas edades, incluirán la enseñanza de la religión católica en todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales. 

Por respeto a la libertad de conciencia, dicha enseñanza no tendrá carácter obligatorio para los alumnos. Se garantiza, sin embargo, el derecho a recibirla. [...]” 

A los padres que deseamos para nuestros hijos una formación religiosa católica, como es nuestro derecho, nos toca hacer todo lo que esté en nuestras manos para que esta Ley y cualquier otra ley de educación no lesionen este derecho. Así, pues, debemos hacer llegar a nuestros representantes políticos nuestra exigencia de que se respete este derecho, debemos manifestar nuestra opinión en los medios de comunicación, apoyar cualquier manifestación en defensa de este derecho y hacerlo por cualquier otro medio legítimo y legal. 

Rafael Serrano Molina

martes, 1 de septiembre de 2020

CRÓNICA DE UNA MUERTE ANUNCIADA: LOMLOE. 2, Por Rafael Serrano



 
El proyecto de la Ley que presenta el Gobierno tiene como principal eje vertebrador la educación comprensiva. Este era el que establecía la LOE, que la nueva ley quiere restablecer. No obstante este es un planteamiento debatible y debatido por los técnicos en educación. 
La Ley Orgánica de Educación de 1990 (LOGSE) ya establece la escuela comprensiva como cauce para lograr la meta de un desarrollo del derecho a la educación. "Por escuela comprensiva se entiende una forma de enseñanza que ofrece a todos los alumnos de una determinada edad un fuerte núcleo de contenidos comunes dentro de una misma institución y una misma aula, y que evita de esta forma la separación de los alumnos en vías de formación diferente que puedan ser irreversibles. En ella se condensaban las aspiraciones de la igualdad de oportunidades, cultura superior y común para todos los alumnos y apertura a la diversidad dentro de una misma escuela". 
Así entendida la educación comprensiva parece que no debería ser objeto de discusión, sin embargo en la práctica se critica que “la comprensividad de la ESO… ha bajado los niveles de exigencia y rendimiento de los alumnos” y “también puede dar lugar a que determinados alumnos queden excluidos, al no encontrar su lugar propio en dicho currículum, con un tronco fuertemente común” (Antonio Bolívar, La escuela comprensiva en España: una revisión de su ciclo de desarrollo y crisis”. Facultad de Ciencias de la Educación. Granada). 
Un colectivo que puede verse excluido en un sistema de escuela comprensiva es el de aquellos alumnos que por sus circunstancias personales actualmente reciben su atención educativa en Centros de Educación Especial, como ha puesto de manifiesto la plataforma “Inclusiva, sí; Especial, también” : “Con la Lomloe, los centros de Educación Especial tendrán que actuar como centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios, “sin que el proyecto de ley garantice ni su supervivencia ni su capacidad para atender al mismo número de alumnos”, ha señalado la plataforma en un comunicado.” 
Otro de los colectivos que no están atendidos en este proyecto de Ley es el de los alumnos con altas capacidades, como también lo ha manifestado la Asociación que representa a padres de estos alumnos: “La Asociación Española para Superdotados y con Talento (AEST), que lleva más de 25 años apoyando a las personas con altas capacidades y a sus familias, ha presentado varias alegaciones al nuevo proyecto de ley de Educación, para mejorar la situación en la que se encuentran estos alumnos. Sin embargo, ninguna de las propuestas ha sido recogida en el texto”. 
Para contar con un sistema educativo equitativo, de calidad y con una estabilidad que permita un adecuado desarrollo y evaluación del mismo sería necesario un acuerdo entre todos los factores de la educación: padres, profesores, centros educativos públicos y privados, administración y, en su caso, una representación cualificada de alumnos. 
Aún se está a tiempo de rectificar y dialogar para llegar a un pacto de Estado sobre la Educación. ¿Serán capaces nuestros políticos de aprovechar esta oportunidad y no dejarla pasar una vez más, frustrando las expectativas de los ciudadanos? 
Rafael Serrano Molina